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LOS PROFESIONALES





        5-Fin de la vida
        reproductiva.


        Las directrices europeas
        son claras sobre los perros
        que ya no se utilizan para
        la cría: los criadores deben
        asumir la responsabilidad
        de por vida del cuidado de
        los cachorros que no se
        venden, así como de las
        perras y los sementales que
        ya no se utilizan para la cría
        o buscarles una casa con
        un propietario responsable.

        -Jubilación.
        Los criadores deben
        asegurarse de que las
        perras y los sementales
        retirados ya no se vuelvan a
        usar para la reproducción,
        deben estar listados en los
        registros correspondientes
        oficiales y exigir al nuevo
        propietario un contrato
        que especifique no serán
        utilizados para la cría.


        6-Registros                 7-Nuevos dueños.                            8-Licencias.

        Los registros deben         -Elección.                                  -Controles legales.
        proporcionar un informe     Los criadores son los responsables de asegurar   Los criadores deben estar sujetos a
        completo de la historia de   que el nuevo dueño sea buena pareja para sus   controles legales y deben registrarse ante
        vida del perro o cachorro   cachorros, comprobando que puede satisfacer sus   la autoridad competente. En este sentido
        con el criador en el que    necesidades y sus requisitos futuros de bienestar   un criador es “alguien que posee o tiene
        se incluya: número de       de por vida. No se puede vender a ningún menor   al menos un perro reproductor hembra o
                                                                                macho y los cachorros que producen se
        registro, nombre y dirección   de 18 años, ni a nadie que actúe en nombre de un   venden o se regalan”.
        de dónde vive, nombre y     tercero. El primer propietario del perro debe ser el
        dirección del propietario,   criador.                                   -Validez.
        nombre y fecha de                                                       El registro de un criador debe tener un
        nacimiento, número de chip   -Garantía.                                 plazo máximo de validez, después debe
        y fecha de implantación,     Debe ser por escrito indicando que tiene al menos   pedir de nuevo el registro.
        raza o cruce, sexo, color,   ocho semanas de edad, que ha recibido buenos
        marcas, número de registro   cuidados y ha sido socializado, que goza de buena   -Inspecciones.
        de su asociación de razas,   salud, que tiene microchip, el periodo específico   La autoridad debe realizar inspecciones
        fecha de adquisición,       para devolver el animal por problemas físicos,   periódicas basadas en los posibles
        peso, nombre de todos los   de comportamiento, de compatibilidad, o incluso   riesgos para cumplir estas directrices
        propietarios desde el criador   de incapacidad del propietario para brindar la   e incluir en ellas una evaluación de los
        y motivo de la muerte.      atención adecuada.                          perros y cachorros.




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