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LA POLÉMICA




        que no debe aplicarse la normativa   Una ley         llo, requiere mucho esfuerzo y largos   Modificar
        de animales de ganadería sino que    marco           procesos de tramitación por lo que,   una nor-
        habría que aplicarles la normativa                   es necesario asesorarse a través de
        de los animales de compañía.         no puede        todas las herramientas de que dis-   mativa
                                             recaer en       pongan, a través de los operadores   necesita
        Unidades policiales es-                              implicados en protección animal,
                                                             desde juristas especializados con  de mucho
        pecializadas                         duplicar
        Es absolutamente necesario por el  proce-            los que cuentan la mayoría de los    esfuer-

        aumento exponencial de asuntos       sos y con       colegios de abogados a través de     zo y de
        relacionados con la protección ani-                  las secciones/comisiones de de-
        mal que las nuevas leyes incluyan la  costo          recho animal, como entidades que     largos
        creación de policía formada específi-  para los      ofrecen formación especializadas a   procesos
        camente. No puede depender la ver-   propieta-       las administraciones sobre políticas
                                                             públicas de protección animal, y por  de trami-
        dadera protección de un animal de la
        mayor sensibilidad o implicación del  rios           supuesto, recoger las necesidades    tación
        agente en quien recaiga el servicio.                 y propuestas de quienes están en
                                                             primera línea como son las asocia-
        Duplicidad de regulación                             ciones protectoras relevantes de la
                                                             zona, que conocen perfectamente
        El fin de las ordenanzas es desarro-                 los problemas del día a día y pueden
        llar, adecuando a las necesidades                    aportar mucho a la nueva norma.
        de cada municipio, lo que estable-                       Además, debe ir acompañada de
        cen la legislación de manera gené-                   herramientas y dotaciones presu-
        rica, por lo que carece de sentido                   puestarias para que la nueva normati-
        que la  propia  ordenanza establez-                  va pueda desarrollarse y aplicarse. De
        ca de manera literal lo ya regula-                   nada sirve  tener  buenas  leyes  si  no
        do en normas de rango superior.                      pueden aplicarse por falta de medios.

                                                               Solo así se conseguirá normativa
        Competencias extralimi-                              adecuada y verdaderamente útil.
        tadas
        Es otro de los “errores “ que tam-
        bién estamos encontrando  en or-
        denanzas municipales de nueva
        redacción. Nada que ya esté re-
        cogido en la ley específica puede
        regularlo  una ordenanza;  lo  puede
        desarrollar, pero no regular. Otro
        aspecto muy común que hace in-
        eficaz y nula una ordenanza es que
        no respete los límites que se esta-
        blecen en normativa de rango su-
        perior en materia de sanciones. Si
        ya está establecida la  tipificación
        y  la  sanción,  la  ordenanza  nunca
        puede cambiar la tipificación ( leve,
        grave o muy grave) ni salirse de los
        límites establecidos de sanción.

        Conclusión
        Es imprescindible que, a la hora de
        redactar cambios normativos u or-
        denanzas municipales, las admi-
        nistraciones cuenten con todos los
        medios que tienen a su alcance para
        formarse  e  informarse  y  adecuar
        esas mejoras a la realidad y a las ne-
        cesidades del momento.
          Modificar normativa no es senci-





        Nº 47 enero 2021                                                                        LADRIDOS   39
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